El día de ayer sábado 29 de septiembre, se encontraba programada y autorizada una visita masiva a internos del CCP de Angol. Una serie de personas pertenecientes a las comunidades mapuche de Malleko fueron injustamente reprimidas por las Fuerzas Especiales de Carabineros y restringidas en el ejercicio de sus derechos por parte de Gendarmería de Chile. Las autoridades del recinto habrían negado el ingreso a la comunidad sin justificación, pese a contar con la correspondiente autorización y acuerdo del Alcaide.
De esa manera, como en tantas otras situaciones presentes y pasadas, el Estado de Chile incumple obligaciones adquiridas por la suscripción y ratificación de tratados internacionales y los criterios que desde las mismas instituciones se han impuesto para respetar dichos instrumentos. En el caso de Gendarmería de Chile, el Manual de Derechos Humanos de la Función Penitenciaria, señala que “Es primordial considerar necesidades propias de su cultura (mapuche), cuando acuden de visita o solicitan algún permiso especial para entrevistarse con internos(as) de su pueblo originario”. Las visitas, desde el punto de vista aplicado a la realidad del pueblo mapuche, como en este caso, operan como una manifestación de conservación de sus costumbres e instituciones propias, que en ningún caso son incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional (artículo 8, Convenio 169); por tanto no existe motivo razonable que permita justificar la negativa de que fueron víctimas las y los pobladores mapuche.
Desde Leasur ONG, precisamente en el contexto de nuestra campaña sobre el derecho a visitar, denunciamos estos hechos y repudiamos la violencia policial ejercida contra las familias, mujeres y niños de los presos mapuche. El respeto por la cultura y por la especial situación de vulnerabilidad de personas sometidas a privación de libertad exige que el Estado ejerza sus atribuciones en forma legal y sin abusos. Las visitas tienen, no solo respecto del pueblo mapuche, sino también de la población privada de libertad en general, un rol fundamental en el proceso de reconocimiento de la dignidad de la persona respecto del fortalecimiento de vínculos en sus núcleos familiares, personales y comunitarios.
Hacemos un llamado a las autoridades pertinentes a resolver en lo inmediato los conflictos suscitados, procurando evitar que se repitan hechos de estas características, y promoviendo el cumplimiento de protocolos internacionales e internos de respeto a los derechos humanos, y de la cultura y dignidad de las personas privadas de libertad.