#VotoPreso Carta del COSOC GENCHI al Director Nacional de Gendarmería

 

Con fecha 26 de octubre, el Consejo de la Sociedad Civil de Gendarmería de Chile envió al Director Nacional de Gendarmería, Sr. Jaime Flores, una carta suscrita por todas las organizaciones pertenecientes a dicha instancia. Con el objetivo de seguir denunciando la pasividad institucional de los órganos que se vinculan a la posibilidad de que la población penal no excluida pueda ejercer válidamente su derecho a sufragio, la misiva señala en concreto lo siguiente:

“Desde el Consejo de la Sociedad Civil nos vimos en la necesidad de redactar esta misiva para representar una profunda preocupación. Como es de su conocimiento, el Consejo viene sesionando desde el año 2015 en colaboración y coordinación con la Institución que usted dirige, a fin de otorgar una retroalimentación en relación a las políticas a implementar con la población penitenciaria.

Dentro de aquellas discusiones, un tema sumamente relevante, y que ha surgido en las últimas sesiones del Consejo, ha sido el ejercicio del derecho a  sufragio de las personas que, estando privadas de libertad, no se encuentran impedidas ni por la Constitución ni las leyes, a ejercer tal derecho. Inclusive, tal como usted también sabe, la Excelentísima Corte Suprema[1] ya se ha pronunciado a tal efecto, calificando las actuaciones de Gendarmería de Chile y el Servicio Electoral de Chile como ilegales y arbitrarias al impedir, elección tras elección, que las personas presas habilitadas puedan sufragar.

Ahora, frente a un inmediato período eleccionario del cargo de Presidente de la República y de Parlamento, urge que los servicios llamados a cumplir con ello tomen las medidas necesarias para que las personas privadas de libertad, legítimamente habilitadas, puedan  sufragar.

En este sentido, es que nos dirigimos a usted con el fin de que nos pueda informar sobre las acciones concretas que la Institución que usted dirige está tomando para dar cumplimiento a lo ordenado por la Corte Suprema, en orden de adoptar todas las medidas administrativas y de coordinación interinstitucional que garantice el derecho a sufragio de las personas privadas de libertad cuyo derecho a sufragio no se encuentra suspendido.

Es del caso señalar que, en nuestra última sesión, la respuesta institucional –entregada por la Unidad de Participación Ciudadana- ha sido que el efecto de las sentencias emanadas tanto de la Corte de Apelaciones de Santiago como de la Corte Suprema es considerado con efecto relativo (es decir, obliga sólo aquellas personas individualizadas en los recursos de protección interpuestos), haciendo caso omiso a la extensión que hacen de sus resoluciones a todas las personas que se encuentren en la misma situación.

Al respecto, y mediante una serie de solicitudes de transparencias hechas por consejeros del servicio, representantes de ONG Leasur, se ha podido constatar que el actuar de Gendarmería frente a las resoluciones emanadas de la Corte Suprema se ha limitado únicamente a hacer envío de la lista de las personas que, estando privadas de libertad, se encuentran legítimamente habilitadas para sufragar, en circunstancias que, bajo nuestro punto de vista, la Institución a su cargo debiera tomar un rol más activo en esta materia, teniendo en especial consideración la función que cumple Gendarmería de Chile en torno a la reinserción de las personas que tiene a su cargo.

Manifestamos a través de esta carta nuestra preocupación por la aparente pasividad institucional, teniendo en especial consideración la proximidad de las Elecciones 2017, que no se condice con la misión que su ley orgánica le ha entregado a Gendarmería de Chile, esto es, velar por la seguridad en el cumplimiento de sentencias penales, pero teniendo como foco principal la reinserción de las personas condenadas.

Esperamos que esta carta cumpla con su objetivo de motivar la iniciativa institucional a asumir esta responsabilidad histórica para un sector considerable de la población privada de libertad, más allá de esperar lo que haga o no haga el Servicio Electoral involucrado. Si llegase a cumplirse con el fallo de la Excelentísima Corte Suprema, su gestión como Director Nacional podría ser recordada como una que satisfizo la necesidad política de participación cívica de presos y presas. Nos gustaría también poder decir que fuimos parte de esa gestión.

De antemano, esperamos la buena recepción de la presente carta y el mensaje que esperamos transmitir, en el entendido de que todos tenemos un legítimo interés en el respeto y garantía de los derechos fundamentales de todos y todas las personas”.

 

Mailén Parodi Ambel

Consejera por Corporación Humanas

Presidenta del Consejo de la Sociedad Civil

[1] Ver: Corte Suprema, Rol 87876-2016; Corte Suprema, Rol 92816-2016; Corte Suprema, Rol 41-2017; Corte Suprema, Rol 87743-2016; Corte Suprema, Rol 87748-2016; Corte Suprema, Rol 82452-2016; Corte Suprema, Rol 92795-2016; Corte Suprema, Rol 4764-2017; Corte Suprema, Rol 223-2017.

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